El Ministerio de Turismo del Ecuador, realizó un nuevo “operativo de control a guías de turismo” en Áreas Naturales Protegidas y sitios de interés turístico con el propósito de controlar la informalidad.
" El Ministerio de Turismo del Ecuador, realizó un nuevo “operativo de control a guías de turismo” en Áreas Naturales Protegidas y sitios de interés turístico con el propósito de controlar la informalidad"
Con este accionar se busca garantizar la seguridad de los turistas, mediante el cumplimiento de los requisitos legales por parte de los guías, acciones que sustentan el desarrollo sostenible de los destinos turísticos del país.
De conformidad con el Reglamento de Guianza Turística, los guías reconocidos legalmente son:
Guía local;
Guía nacional; y,
Guía nacional especializado: a.- De Patrimonio turístico;
b.- De Aventura
Asimismo, el Reglamento de Operación e Intermediación turística expedido mediante Acuerdo Ministerial Nro. 21 de 24 de junio de 2016 dispone a las agencias de viajes como parte de sus obligaciones en el numeral 7 del artículo 7: “Contratar servicios turísticos formales con proveedores debidamente registrados ante la entidad de control, sean estos directos o indirectos.”
En tal virtud, esta Cartera de Estado, invita a la ciudadanía y operadores turísticos a contratar a guías profesionales que cuenten con la respectiva licencia emitida por el Ministerio de Turismo, la única institución facultada para reconocer a los distintos guías de turismo en todas sus categorías, y recomienda a los usuarios no aceptar ofertas de tours de personas que prestan servicios turísticos no regularizados y registrados en el Ministerio de Turismo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario